Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0181/2004-R
Fecha: 06-Feb-2004
II.5
II.5 El mismo 4 de noviembre el Fiscal de Materia, interpone recurso de reposición contra la resolución pronunciada por el juez recurrido (fs. 14) que por decreto de 5 de noviembre rechaza el recurso de reposición interpuesto que al momento de la interposición del recurso los antecedentes ya fueron remitidos a la autoridad competente (fs. 15).