SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0194/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0194/2004-R

Fecha: 09-Feb-2004

II.4.

  II.4.A partir de la designación de defensor de oficio, éste no ofreció ni produjo prueba alguna, limitándose en la audiencia de clausura de debates (fs. 77) a señalar que  la única prueba de cargo consistiría en el cheque y un certificado que acredita la existencia de la procesada. En la audiencia de lectura de alegatos en conclusiones (fs.  83 y 84), el defensor de oficio  reiteró el criterio ya señalado.