SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0260/2004-R
Fecha: 27-Feb-2004
III.1.
III.1. Respecto al retiro de la demanda de los recurrentes contra la co-demandada Sara López Galindo, formulado en audiencia, la SC 1151/2003-R, ha establecido que ”conforme a los mandatos de la misma Constitución y como ha sido entendido por la jurisprudencia constitucional, los derechos se ejercen por voluntad del titular de los mismos, de modo que bajo ningún motivo se puede obligar a ejercerlo, salvo algunos derechos que por su naturaleza deban ser obligatoriamente protegidos por esta jurisdicción, tales como el caso del derecho a la libertad que está bajo la protección de otro recurso.”
Desde esta perspectiva cuando una persona decide acudir a la jurisdicción constitucional en busca de la protección de sus derechos y garantías fundamentales, y antes de que se resuelva el amparo desiste del mismo por cualesquier motivo o retira su demanda antes de la citación al recurrido, no cabe más que aceptar dicho desistimiento o el retiro, sin proseguir el trámite de la acción tutelar resolviéndola en el fondo.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2.Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en el caso examinado no existe ninguna prueba que acredite el hecho denunciado en el memorial de demanda, ni tampoco la existencia de acto ilegal u omisión indebida que afecte los derechos del actor y sean atribuibles al recurrido