toda persona cuyas posibilidades de obtener y conservar un empleo adecuado y progresar en el mismo queden sustancialmente reducidas a
Conforme al Convenio sobre la Readaptación (rehabilitación) profesional y el empleo de personas inválidas, aprobado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo el 20 de junio de 1983 (en vigor a partir del 20.06.85), el inválido es "toda persona cuyas posibilidades de obtener y conservar un empleo adecuado y progresar en el mismo queden sustancialmente reducidas a consecuencia de una deficiencia de carácter físico o mental debidamente reconocida", precisando en el art. 1.2 que la finalidad de la rehabilitación es la de "permitir que la persona inválida obtenga y conserve un empleo adecuado y progrese en el mismo, y que se promueva así la integración o la reintegración de esta persona en la sociedad"
