Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0015/2004-ECA
Fecha: 09-Mar-2004
2.- De oficio
2.- De oficio el Tribunal Constitucional COMPLEMENTA la SC 0136/2004-R, de 2 de febrero, en su parte dispositiva, en sentido de que habiendo sido declarado procedente el recurso, corresponde que dentro del proceso laboral instaurado contra el representado del recurrente, se le otorgue a éste las garantías señaladas en el art. 16.IV CPE para que asuma su defensa en el mismo.