APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) de la LTC, con los fundamentos expuestos, APRUEBA el RECHAZO contenido en el Auto Supremo 144 de 15 de marzo de 2004, pronunciado por Jaime Ampuero García y Héctor Sandoval Parada, mnistros de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, cursante a fs. 89-90 del expediente.
- Jaime Ampuero García y Héctor Sandoval Parada, ministros de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 1970 (Nuevo Código de Procedimiento Penal).
- I.2. Respuesta al recurso
- rechazan el incidente
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y normas constitucionales infringidas
- "La Sentencia que declare la constitucionalidad de la norma legal impugnada, hace improcedente cualquier nueva demanda de inconstitucionalidad contra ella".
- cuando el Tribunal hubiere desestimado antes en el fondo un recurso de naturaleza y con objeto sustancialmente análogos.
- APRUEBA
