Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0019/2004
Fecha: 02-Mar-2004
I.2. Admisión y citaciones.
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, acreditada que fue la personería del recurrente y verificado el cumplimiento de los requisitos exigidos por el art. 30 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), por AC 576/2003-CA de 28 de noviembre, (fs. 419 a 421), admitió el presente recurso directo de nulidad y dispuso la citación de las autoridades recurridas para que remitan los antecedentes y respondan al recurso, citaciones que fueron cumplidas los días 9 y 10 de diciembre de 2003 (fs. 445 y vta.).