SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0292/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0292/2004-R

Fecha: 03-Mar-2004

procedente parcialmente

Por Resolución que cursa de fs. 31 vta. a 32 vta., se declaró procedente parcialmente el recurso respecto al ilegal decomiso de herramientas de albañilería, e improcedente sobre la suspensión de la construcción. La fundamentación es la siguiente: 1) respecto a la suspensión de trabajos dispuesta por la Dirección de Desarrollo Urbano, la entidad municipal tiene plena facultad para disponer así, de acuerdo a la facultad prevista por el art. 23 del Reglamento de Construcciones, suspensión que tiene el propósito de precautelar por una racional regulación de la misma, y el citado Reglamento tiene su respaldo en el art. 127 de la Ley de Municipalidades (LM), el mismo que a su vez está amparado en el art. 200.II de la Constitución Política del Estado (CPE), por lo que las autoridades recurridas actuaron dentro del marco legal; 2) la parte recurrente no ha demostrado contar con la licencia de construcción respectiva; 3) respecto a que los formularios de notificaciones no lleven firmas ni pie de firmas, no enervan su validez por tratarse de documentos públicos y oficiales; 4) con relación al decomiso de las herramientas de albañilería, se considera que las autoridades recurridas carecen de potestad para ello, constituyendo un exceso de poder y autoridad, habiéndose ejecutado el hecho sin que exista una Resolución respaldatoria que permita impugnarla mediante los recursos previstos en el art. 137 LM.