SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0302/2004 -R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0302/2004 -R

Fecha: 09-Mar-2004

improcedentes

Concluida la audiencia la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Santa Cruz, declaró improcedentes ambos recursos con los fundamentos siguientes: a) sobre la competencia respecto a los actuados realizados en la localidad de Cotoca, no son nulos ni pueden ser anulados en virtud a la disposición final del art. 49 CPP, puesto que en la vía incidental se puede impugnar la competencia y posteriormente apelar la resolución que resuelva, de modo que es de aplicación el art. 96.3 LTC; y b) el mandamiento de aprehensión fue librado con la facultad conferida por el art. 224 CPP, puesto que el recurrente no se presentó a declarar pese a ser citado legalmente y en lo referente a su detención fue dispuesta de conformidad al art. 226 CPP.