SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0320/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0320/2004-R

Fecha: 10-Mar-2004

II.2.

II.2. En la audiencia de 22 de diciembre de 2003 (fs. 22-23) se consideró la  solicitud de cesación de la detención preventiva formulada por el recurrente habiendo el Juez demandado resuelto no haber lugar a la misma porque los motivos que la determinaron no variaron, pues el informe médico forense acompañado por el recurrente que demostraba su adicción a la cocaína, por sí mismo no demostraba la conveniencia que la medida sea sustituida por otra, en todo caso, a los efectos del art. 49 L1008, este aspecto se podía hacer valer en la vía incidental “puesto que la medida contemplada en esa norma es sustitutiva de la pena privativa de libertad no de la detención preventiva” (sic) (fs. 23-24).