SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0328/2004-R
Fecha: 10-Mar-2004
procedente
Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia resolución que declara procedente el recurso con los siguientes fundamentos: 1) el Auto de Vista 28/03 de 26 de febrero de 2002, dictado por la Sala Penal Tercera, no se pronuncia de modo alguno sobre la apelación restringida formulada por el Ministerio Público; 2) no podía pedirse aclaración, enmienda y complementación ya que la misma, en su contexto, no hace ninguna mención obscura que amerite tal solicitud por parte de la recurrente; 3) la resolución resolvió la apelación restringida de la querellante, por lo que, se hace procedente en parte el recurso por cuanto las autoridades recurridas han cometido actos de violación a los derechos de la parte recurrente; 4) habiendo perdido competencia la Sala recurrida para continuar con el conocimiento del presente proceso, se dispone que los obrados pasen a la Sala siguiente en número y se proceda al sorteo del Vocal relator.