Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0345/2004-R
Fecha: 16-Mar-2004
II.3.
II.3. En 9 de mayo de 2003, el recurrente interpuso recurso de apelación contra el rechazo del incidente (fs. 82-85), pronunciando los recurridos el Auto de 25 de agosto de 2003, ahora impugnado, mediante el cual anularon obrados hasta el decreto de 10 de agosto de 2003 y ordenaron al Juez de la causa resuelva con carácter previo a la prosecución del proceso la excepción perentoria de prescripción opuesta a fs. 30 del expediente original del proceso (fs. 103), Auto con el que se notificó al recurrente el 5 de septiembre de 2003 (fs. 103 vta.), decretándose por el Juez de la causa su cumplimiento el 8 de septiembre de 2003 (fs. 104 vta.).