Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0369/2004-R
Fecha: 17-Mar-2004
procedente
a) El representado del actor fue condenado a la pena de 30 años de presidio a ser cumplida en Cochabamba, por lo que las autoridades recurridas debieron observar los arts. 18 y 19 con relación al art. 15 (LEPS), que son de aplicación preferente, ya que las únicas autoridades para decidir el traslado de los internos son los jueces de ejecución penal y los de la causa, dependiendo de la ejecutoria o no de la sentencia.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Alfonso Ferrufino Valderrama, Ministro de Gobierno, Saúl Octavio Lara Torrico, Viceministro de Régimen Interior
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- Los demandados, Ministro de Gobierno y Viceministro de Régimen Interior
- Por su parte el recurrido,
- procedente
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- REVOCA