Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0408/2004-R
Fecha: 24-Mar-2004
II.3.
II.3. Mediante memorando emitido por el Alcalde el 13 de octubre de 2003 (fs. 12) comunicó al recurrente que desde ese día fue destituido de las funciones que desempeñaba en la institución, según lo dispuesto por el art. 34 de su Reglamento Interno y art. 72 inc. 5) de la Ley de Municipalidades (LM).