SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0451/2004-R
Fecha: 30-Mar-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 22 de septiembre de 2003 (fs. 15 a 18 vta.), la recurrente asevera que estando casada con el ahora recurrido, procrearon dentro de matrimonio tres hijos de 15, 12 y 10 años de edad, siendo oriundos del Perú, sin embargo, una vez constituidos en este País, al principio llevaron una vida normal, pero posteriormente, no obstante ser ella la que sostenía el hogar fue maltratada continuamente hasta tomar la decisión de abandonar su hogar en vista de la negativa de hacerlo su esposo, abandono del hogar que fue puesto en conocimiento de la Jueza de Instrucción de Familia.
Señala que su esposo le negó totalmente las visitas a sus hijos, provocando que recurra ante la autoridad judicial llamada por Ley para demandar la tenencia de sus hijos, demanda que radicó en el Juzgado de Instrucción Segundo de Familia, cuya titular, en desacuerdo con el Dictamen Fiscal, mediante Resolución determinó negarle la tenencia de sus hijos, otorgando dicho derecho al padre -recurrido- restringiendo el derecho de visitas solamente en horas y días indicados por la Jueza, no obstante ser su persona la que pasaba la asistencia familiar fijada en la suma de Bs2.300.- mensuales y pagando puntualmente; que el recurrido, no obstante las órdenes judiciales y las conminatorias para dejarla visitar a sus hijos, en acto prepotente e ilegal, en dos semanas consecutivas no le ha entregado a sus hijos, incumpliendo las órdenes judiciales impartidas; por lo que interpone el presente recurso de amparo.