SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0455/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0455/2004-R

Fecha: 31-Mar-2004

improcedente

Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara improcedente el recurso, con el fundamento de que no es evidente que el recurrente no haya sido notificado con “proceso” alguno del Tribunal Sumariante, pues de las pruebas literales presentadas por la autoridad demandada se establece la realización de las diferentes diligencias de notificación, incluso mediante edictos policiales, no existiendo violación de derechos fundamentales.

Por lo antes expresado se establece que la situación que motiva el recurso no se halla dentro de las previsiones del citado art. 19 de la CPE, por lo que el Tribunal de Amparo al haberlo declarado improcedente el recurso, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.