SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0470/2004-R
Fecha: 31-Mar-2004
II.2.
II.2. El 28 de enero de 2004, el recurrente solicitó al Juez Quinto de Partido en lo Penal, autorización de viaje y desarraigo temporal, con la finalidad de someterse a una intervención quirúrgica en los Estados Unidos, al encontrarse padeciendo de un cáncer de vejiga (fs 1), solicitud que fue reiterada (fs. 9) mereciendo el Auto de 20 de febrero de 2004, por el que el Juez recurrido desestimó el petitorio, arguyendo que existen circulares emitidas por la Corte Suprema de Justicia que instruyen que los procesos penales deben concluir el 31 de mayo del presente año indefectiblemente, y que el recurrente puede someterse al control de los profesionales médicos de la especialidad para lo cual ordenó se oficie al Colegio Médico (fs.11).