SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0470/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0470/2004-R

Fecha: 31-Mar-2004

III.3.

III.3.          Siendo evidente que el art. 90.II de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), así como la jurisprudencia  constitucional, determinan que el hábeas corpus, no requiere de  mayores formalidades para ser interpuesto ni del agotamiento de otros recursos,  no es necesario que el recurrente agote el de apelación. En ese sentido se tienen las SSCC 1312/2003-R, 887/2003-R, 484/2003-R, 1354/2002-R, 408/2001-R, entre otras.