Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0472/2004-R
Fecha: 31-Mar-2004
III.3.
III.3. A más de lo expresado, resulta imprescindible dejar sentado que el derecho “a la exención de impuestos” invocado por los recurrentes, no está consagrado como derecho fundamental en la Constitución Política del Estado, ni como derecho humano en los instrumentos internacionales, aspecto que corrobora la improcedencia de este recurso.