SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0474/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0474/2004-R

Fecha: 31-Mar-2004

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En la demanda presentada el 13 de enero de 2004 (fs. 13 a 15) el recurrente aduce que el 31 de diciembre de 2002, el Comandante de la Policía Nacional, Edgar Pardo Montalvo, le hizo llegar memorandum agradeciéndole por sus servicios e informándole que dejará de figurar en el presupuesto de pago de haberes de conformidad con el art. 72 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional (LOPN).

Sostiene que tal como se acredita de la certificación emitida por la Contraloría General de la República, cuenta con 34 años de servicios como oficial de policía, es decir que dicha autoridad, ha procedido a alejarlo de la Institución un año antes de lo previsto en el art. 75 de la LOPN, modificada por la Ley 1675 de 15 de diciembre de 1995 y la Ley de Pensiones que establece la edad de 65 años para acceder a la jubilación, estando en consecuencia privado por más de un año de su remuneración e impedido de acceder a la renta de vejez y demás beneficios sociales.