SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0475/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0475/2004-R

Fecha: 31-Mar-2004

I.1.1.   Hechos que motivan el recurso

En su memorial presentado el 8 de enero de 2004 (fs. 28-31) el recurrente manifiesta que fue nombrado Juez Sumariante Nacional de la Caja Petrolera de Salud (CPS) mediante Resolución Administrativa (RA) 002/2003 de 2 de enero, calidad en la que llevó adelante el proceso administrativo interno contra funcionarios de la Administración Regional Santa Cruz y otro contra la Central de la CPS, por faltas graves de conducta funcionaria debido a la irregular compra de un desfibrilador automático (marcapaso) que fue donado a la institución y determinó su responsabilidad mediante RA 006/2003 de 15 de septiembre que fue confirmada por RA 008/2003 de 22 de octubre y remitida ante la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE), luego de haberse interpuesto el recurso jerárquico.

Al encontrar indicios de responsabilidad del Director Ejecutivo de la CPS que autorizó la compra del marcapaso donado, al carecer de competencia para iniciar sumario en contra de dicha autoridad, elevó todos los antecedentes al Ministro de Salud y Deportes en cumplimiento del art. 2 del DS 26237 que prevé que debe ser la instancia jerárquica superior o la que ejerce tuición.

En represalia, mediante memorando DNP-M-243-2003, se lo destituyó sin ninguna justificación legal, desconociendo que no puede ser sancionado por cumplir con sus obligaciones como Juez Sumariante y sólo puede ser separado de la institución previo proceso, atentándose, además, contra el el juez natural al vulnerarse los principios de independencia y protección a su labor de juez en lo administrativo.