I.6.
I.6.A partir de esa actuación, el recurrente solicitó el desglose del depósito judicial en varias oportunidades: 26 de septiembre (fs. 149), 26 de noviembre (fs. 154), y 5 de diciembre (fs. 156), con el argumento que, al haber declarado improcedente el recurso el Tribunal Constitucional porque aún estaba pendiente de resolución la solicitud que efectuó ante el Director Administrativo y no acudió ante la Ministra de Desarrollo Sostenible, en 16 de septiembre de 2003, luego de notificado con el fallo constitucional, presentó reclamo formal al Ministro de entonces Erick Reyes Villa.
