AUTO CONSTITUCIONAL 220/2004-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 220/2004-CA

Fecha: 15-Abr-2004

Fragmento 2

Por memorial de fs. 18-26 del expediente, Raúl Choque Felipe, Alcalde Municipal de San Pedro de Carahuara, Primera Sección de la Provincia Gualberto Villarroel del Departamento de La Paz interpuso recurso directo de nulidad contra Rufino Condori Zárate, Fermín Alvarado Alvarado, Guillermo Martínez Cachi y Tomás Barco Mamani, Presidente, Vicepresidente y Concejales Secretarios del referido Municipio, solicitando la nulidad de las Resoluciones Concejales 08/2004  sin fecha y 09/2004 de 12 de marzo de 2004, con el argumento de que las autoridades recurridas pronunciaron las resoluciones impugnadas desconociendo el Auto Constitucional 15/04 de 27 de febrero, que dispone su restitución como Alcalde Municipal, eligiendo a otro concejal en dicho cargo, usurpando funciones que no son de su competencia y ejerciendo jurisdicción o potestad no emanada de la ley. Recurso que mediante Auto Constitucional 182/2004-CA de 29 de marzo, fue rechazado por esta Comisión, por cuanto en el caso de autos no existía ningún argumento jurídico que sustente que las autoridades recurridas al pronunciar las resoluciones impugnadas, hubieren usurpado funciones que no eran de su competencia o hubieren ejercido jurisdicción o potestad no emanada de la ley.