SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0490/2004-R
Fecha: 05-Abr-2004
III.1.
III.1. La uniforme jurisprudencia constitucional respecto a la invocación del procesamiento indebido en el recurso de hábeas corpus señala: “Que el Recurso de Hábeas Corpus que tiene por finalidad esencial garantizar la libertad personal y de locomoción, procede cuando una persona creyere encontrarse indebida e ilegalmente perseguida, procesada o presa (...) y que la protección que brinda en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo en aquellos supuestos en los que está directamente afectada la libertad de la persona, quedando por tanto las demás bajo la tutela que brinda el art. 19 de la Constitución Política del Estado...” En ese sentido se encuentran las SSCC 1380/2001-R,1292/2002-R, 1452/2002-R, 359/2003-R, 484/2003-R, 485/2003-R, 772/2003-R, 1054/2003-R, 1504/2003-R, 132/2004-R, entre muchas otras.