SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0490/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0490/2004-R

Fecha: 05-Abr-2004

III.2.

III.2.          En el caso presente el recurrente no se encuentra privado de su libertad y si bien se le impuso entre otras la medida sustitutiva a la detención como es el arraigo, tal determinación no es consecuencia de los hechos  que observa en el recurso,  porque esa decisión resulta de los hechos ilícitos que se  le sindican. No corresponde a este Tribunal, ingresar por la vía del hábeas Corpus, a considerar sobre las razones que motivaron a la Fiscal, para apartarse del informe del investigador asignado al caso e imputar por los delitos  previstos en los arts. 151 y 164 (concusión y ejercicio indebido de la profesión),  menos sobre los motivos para ampliar la imputación formal en contra del recurrente, por la presunta comisión de los delitos de uso indebido de influencias y legitimación de ganancias ilícitas previstos en los arts. 146 y 185 Bis CP, peor aún determinar si concurren o no estos tipos penales en la conducta del imputado, pues ello corresponde al del fondo del asunto.