Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0491/2004-R
Fecha: 05-Abr-2004
III.1.
III.1. La jurisprudencia constitucional ha señalado claramente que el hábeas corpus sólo es procedente en relación al debido proceso cuando se demuestra irrefutablemente que el procesamiento indebido es la causa directa o existe íntima relación con la restricción del derecho a la libertad, en ese sentido se encuentran las SSCC 1380/2001-R, 1292/2002-R, 1452/2002-R, 359/2003-R, 484/2003-R, 485/2003-R, 772/2003-R, 1054/2003-R, 1504/2003-R, entre muchas otras.