Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0491/2004-R
Fecha: 05-Abr-2004
improcedente
La Resolución cursante de fs. 130 a 133 pronunciada el 20 de febrero de 2004 por el Juez Tercero de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz declaró improcedente el recurso, bajo este fundamento: el procesamiento indebido en el recurso de hábeas corpus sólo es procedente cuando es la causa directa de la privación de libertad, en el caso el Ministerio Público realizó las investigaciones correspondientes a la etapa preparatoria, no encontrándose cargo alguno que de lugar al hábeas corpus.