SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0510/2004-R
Fecha: 05-Abr-2004
improcedente
Concluida la audiencia, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declaró improcedente el recurso con los fundamentos siguientes: a) no se puede presumir procesamiento o detención indebida cuando se es sindicado por un delito donde hubo flagrancia de narcotráfico, doble identidad, reincidencia, sentencia ejecutoriada por complicidad en caso de narcotráfico; pues dentro de las diligencias de policía judicial, se tiene como objetivo averiguar las circunstancias en que se cometió el delito, obtener y acumular pruebas, aprehender y entregar a los presuntos culpables e instrumento del delito a la autoridad competente; y b) la Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal, fue quien dispuso la detención de la recurrente.