SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0521/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0521/2004-R

Fecha: 07-Abr-2004

I.2.2. Informe de los recurridos

Los recurridos solicitaron se declare la improcedencia del recurso toda vez que la actora no agotó las vías que tenía expeditas para hacer valer sus derechos, como la ordinaria o el recurso administrativo establecido por el art. 2 de la Ley general de bancos y entidades financieras (LBEF), destinados a solucionar reclamos; teniendo en cuenta que el banco no tiene facultad para resolver quien tiene derecho a cobrar, ya que a través de la carta que se envió, supo de la existencia de una controversia que sólo el juez puede resolver.