SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0521/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0521/2004-R

Fecha: 07-Abr-2004

III.3.

III.3.    En el caso de autos, se tiene que la recurrente al fallecimiento de su esposo, se apersonó a oficinas del Banco Nacional con el propósito de cobrar los sueldos y aguinaldo depositados en la cuenta única registrada a nombre de su cónyuge; empero, los recurridos, argumentando la presentación de una solicitud de congelamiento por la supuesta existencia de otro heredero, no dieron curso a la petición, en cuyo mérito la recurrente de manera directa interpuso el presente recurso, cuando tenía expedita la vía de reclamación o queja y de tramitación inmediata ante el SARC en el Sistema Financiero (SARC), ante el cual debió acudir denunciando el supuesto acto o hecho ilegal con relación a la Entidad Bancaria demandada, si se toma en cuenta que la misma tenía un plazo breve y perentorio de cinco días para resolver el reclamo; consiguientemente, la falta de agotamiento de parte de la recurrente  de las vías legales establecidas para la protección de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados, determina la improcedencia del recurso impidiendo a este Tribunal la posibilidad de ingresar al fondo del asunto.