SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0523/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0523/2004-R

Fecha: 05-Abr-2004

I.2.1

El abogado del  recurrente  ratifica los términos del recurso planteado y añade que desde el 11 del mes en curso está detenido ilegalmente, pues por sentencia ha sido sancionado además de la pena privativa de libertad a cien días multa a razón de Bs50, por día y si bien es cierto  que las multas no pueden exceder del 20% que es el máximo embargable del  salario de una persona, resulta que él gana según sentencia Bs250.- y en la conversión de multas prevista por el art. 30 del Código Penal (CP) establece que cada día de detención equivale a tres días multa, por consiguiente sus daños van a ser de Bs750 en forma diaria, por lo que pide se tome en cuenta ese aspecto y se le regularice esos daños porque se lo está obligando a permanecer en un recinto penitenciario que ahora está convulsionado y corre riesgo su salud y su vida.