SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0532/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0532/2004-R

Fecha: 07-Abr-2004

I.1.1.   Hechos que motivan el recurso

El 2 de julio de 2003 fue conducida por la fuerza por miembros de la Policía a la oficina de la Defensoría de la Niñez de la Alcaldía de Sacaba donde la obligaron a suscribir un documento por el que otorgó la guarda temporal de su hija Vanesa Balderrama Revollo a Paulina Trujillo de Balderrama (abuela paterna de la menor), hasta el 2 de diciembre de 2003, y no obstante que en el documento estaba previsto que podía visitar a su hija, nunca le permitieron visitarla, por lo que acudió a la oficina de la Defensoría sin lograr su propósito. Cumplido el plazo previsto en el documento la abuela de la menor (recurrida) se negó a cumplir el acuerdo, razón por la que acudió al Fiscal que señaló audiencia en la que se acordó la entrega de su hija, sin embargo, luego de acudir nuevamente a la Defensoría en la que fue maltratada por los funcionarios y la ahora recurrida, estos se hicieron a los desentendidos.

Por lo que recurrió al Alcalde de Sacaba para que instruya a la Defensoría se le devuelva a su hija, solicitud que fue respondida mediante  Resolución 001/04 de 8 de enero de 2004, que en su parte resolutiva dispuso que Paulina Trujillo de Balderrama le entregué a su hija. Posteriormente se realizo audiencia para la devolución (9 de enero de 2004), sin que hasta la fecha se hubiese dado cumplimiento la Resolución.