Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0532/2004-R
Fecha: 07-Abr-2004
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
La recurrente alega la vulneración de su derecho a la seguridad jurídica por cuanto la recurrida a quien le otorgó la guarda temporal de su hija mediante un documento suscrito ante la oficina Defensoría de la Niñez y Adolescencia dependiente de la Alcaldía, no la devuelve a su hija, no obstante haberse cumplido el tiempo previsto en el documento suscrito. Por consiguiente corresponde en revisión, determinar si se debe otorgar la tutela demandada.