Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0557/2004-R
Fecha: 15-Abr-2004
II.2.
II.2. El 23 de diciembre de 2003, el recurrente mediante carta se dirigió al Presidente del Consejo de Vigilancia de COOPLAN Ltda. (fs. 21 y 22), arguyendo que el 22 de diciembre de 2003, fue suspendido de su cargo a través de una Resolución ilegal emitida por tres miembros de dicho Consejo de Vigilancia y solicitó que se deje sin efecto esa suspensión y se lo someta en caso de existir alguna denuncia a un debido proceso.