Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0557/2004-R
Fecha: 15-Abr-2004
III.2.
III.2. La jurisprudencia constitucional en la SC 1278/2003-R, de 1 de septiembre señala: “que el despido de un trabajador, de una persona colectiva de derecho privado (sociedades anónimas y cooperativas de responsabilidad limitada) que sea denunciado a través del recurso de amparo, este Tribunal ha entendido que los actos acusados de ilegales no se encuentran dentro del ámbito de protección de la presente acción extraordinaria, por cuanto esos trabajadores se hallan dentro de los alcances de la Ley General del Trabajo y su Reglamento, teniendo la vía laboral para hacer valer sus derechos. Asi se ha señalado en las SSCC 251/2003-R, 1015/2002-R, 1058/2001-R y 208/2000-R, entre otras”.