Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0557/2004-R
Fecha: 15-Abr-2004
III.1.
III.1. El recurso de amparo ha sido establecido por el art. 19 de la CPE contra los actos o las omisiones indebidas de los funcionarios o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos y garantías de la persona, siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los mismos.