SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0558/2004-R
Fecha: 13-Abr-2004
I.1.1 Hechos que motivan el recurso
En un proceso donde no intervino el Vocal de turno en el sorteo de causas ingresadas a la Corte de Distrito, Estela Villca Choque demandó por asistencia familiar a Francisco Sauciri Choque, quien fue citado por edictos publicados en un medio de prensa de la ciudad de Cochabamba y notificado de la misma forma con la sentencia. La defensora de oficio designada incumplió sus obligaciones y no apeló de la sentencia pronunciada.
Pese a que el demandado estaba conviviendo con la demandante, no se lo notificó con ninguna actuación; no obstante el 5 de noviembre de 2003, fue detenido y conducido ante el Juzgado donde se tramita la causa, permaneciendo en calidad de depósito hasta finales de ese mes, para luego ser remitido al Centro de Rehabilitación San Pedro.
El argumento de la demandante sobre el desconocimiento del domicilio del demandado es falso, puesto que ella conocía el mismo tanto el de la ciudad de La Paz como el de Santa Cruz donde se trasladó, y posteriormente lo recibió en su casa; conociendo además el domicilio de los familiares a quienes sus hijos visitan, por lo que se dio un fraude procesal que lo dejó en indefensión; y al tratarse de un hecho vinculado a la libertad por estar recluido sin haber ejercido defensa interpone el presente recurso.