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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0558/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0558/2004-R

    Fecha: 13-Abr-2004

    II.5

    II.5        El 6 de octubre de 2003, la Jueza recurrida aprueba la planilla de liquidación de pensiones devengadas, dispone su pago conforme a ley y en caso de incumplimiento, en aplicación del art. 436 del Código de Familia (CF) se libre mandamiento de apremio (fs. 22). Auto con el que se notifica personalmente a la defensora de oficio el 28 de octubre de 2003 (fs. 23).

    • recurso
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso
    • 1)
    • improcedente
    • II.1
    • II.2
    • II.4
    • II.5
    • II.6
    • III.1
    • III.2
    • no existe intimación de pago
    • la notificación con la liquidación de asistencia familiar es personal
    • III.3

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