Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0558/2004-R
Fecha: 13-Abr-2004
II.5
II.5 El 6 de octubre de 2003, la Jueza recurrida aprueba la planilla de liquidación de pensiones devengadas, dispone su pago conforme a ley y en caso de incumplimiento, en aplicación del art. 436 del Código de Familia (CF) se libre mandamiento de apremio (fs. 22). Auto con el que se notifica personalmente a la defensora de oficio el 28 de octubre de 2003 (fs. 23).