SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0560/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0560/2004-R

Fecha: 15-Abr-2004

III.1.

III.1.   La Ley del Tribunal Constitucional (LTC) en su art. 96, expresamente ha establecido causales de improcedencia del recurso planteado, encontrándose entre ellas, la cesación de los actos ilegales u omisiones indebidas denunciadas, pues resulta lógico que al ocurrir tal situación, la causa que dio origen o que sirvió de base para interponer la acción tutelar también desaparezca; y por ende, la lesión al derecho o garantía fundamental, de modo que el recurso carece también de objeto, puesto que ya no existe derecho o garantía fundamental a restituir.