SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0580/2004-R
Fecha: 15-Abr-2004
III.2
III.2 No obstante de constar en obrados que el proceso ejecutivo se siguió expresamente contra Alfonso Olivares Ayala, como persona física, en ejecución de sentencia a solicitud de la parte ejecutante, el Juez Octavo de Partido en lo Civil libró mandamiento de embargo de la mercadería existente en la empresa “ILUMAS” S.R.L. que no fue demandada ni fue parte en la referida acción, por tanto tampoco se la notificó con la sentencia ni los otros actuados procesales del juicio, siendo así que por regla general, toda persona tiene el derecho inviolable a intervenir en todos los procesos y decisiones en los que se puedan afectar o afecten sus derechos e intereses legítimos, como en este caso, pues el pago de la obligación sólo podrá hacerse efectivo con los bienes de la persona contra quien se dirige la acción, no pudiendo afectarse el derecho de propiedad de terceros, pues para hacerlo debe ser oído y vencido en juicio legal; es decir que debe ser sustanciado observando las garantías del debido proceso, por consiguiente, con derecho a asumir defensa.