SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0594/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0594/2004-R

Fecha: 15-Abr-2004

a)

El  abogado del  recurrente  ratifica los términos del recurso planteado y añade: a) los padres de su representada adquirieron el terreno en cuestión en el año 1936 por adjudicación del entonces Agente Comunal, mediante documento  público  que está reconocido por autoridad competente; sin embargo por ignorancia no fue inscrito oportunamente en DD.RR;  b) transcurrido el tiempo los propietarios padres de su representada fallecen y el queda como heredera conjuntamente sus hermanos, por lo que destinan el terreno al cultivo de hortalizas y otros para beneficio de la familia; empero sus hermanos o co-herederos también fallecen  el último de ellos en el año 1999, de manera que la única heredera es su representada quien desde ese momento pretende inscribir el documento público del terreno que era de sus progenitores en DD.RR; c) una vez declarada heredera ab- intestato, para perfeccionar su derecho propietario sobre la propiedad, se le exige  el pago de los impuestos respectivos, por ese motivo desde el 2001, solicitó a la Alcaldía Municipal de Turco le otorgue el cálculo  de la base imponible para el pago de los impuestos referidos, petición que hasta hizo conocer al Ministerio Público para que cite al Alcalde y le otorgue  el cálculo de los impuestos a pagar, solicitud que reiteró hasta que el 13 de diciembre de 2003, ante lo cual la asesora legal del Municipio le exigió que con carácter previo presente el título de propiedad debidamente inscrito en DD.RR, lo que es incoherente pues precisamente tiene que pagar los impuestos para poder recién  realizar la inscripción respectiva; d) la negativa de la Alcaldía Municipal, vulnera sus derechos a realizar peticiones y a la propiedad, circunstancia por la que interponen el presente recurso de amparo constitucional.