Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0601/2004-R
Fecha: 22-Abr-2004
II.1.
II.1. Por nota de 12 diciembre de 2003, la Encargada Nacional del Área de Personal del SENASAG comunicó a la hoy recurrente que en vista de que el contrato suscrito con su persona fenecía el 31 de ese mes, debía elaborar el informe sobre las actividades realizadas, así como proceder al inventario y entrega de los bienes y documentación bajo su custodia (fs. 28).