Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0606/2004-R
Fecha: 22-Abr-2004
III.1.
III.1.El art. 85 del Estatuto de COTAS Ltda. señala que “La Junta Arbitral es el órgano que tiene la facultad de dirimir amistosamente las divergencias que se susciten entre COTAS Ltda., y sus socios...” en relación con el art. 86 del mismo estatuto que señala el procedimiento a seguir cuando el socio o grupo de socios se sientan lesionados en sus derechos.