Sobre la cuestión este Tribunal ha definido una clara línea jurisprudencial, como la que se tiene en la SC 0785/2003-R, de 10 de junio, que establece:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sobre la cuestión este Tribunal ha definido una clara línea jurisprudencial, como la que se tiene en la SC 0785/2003-R, de 10 de junio, que establece:

Fecha: 28-Abr-2004

derechos fundamentales

En cuanto a la afirmación de la autoridad recurrida de que la recurrente no agotó los medios ordinarios reconocidos por ley para la defensa de sus derechos, el Tribunal ha sentado la línea jurisprudencial por la cual, ante la irreparabilidad de los daños que pueden ocasionar los actos ilegales, en los derechos fundamentales de la persona, no cabe el carácter subsidiario del recurso ante la necesidad de otorgarles protección inmediata, en este caso, de una mujer embarazada para quien existe un marco jurídico- constitucional  de protección inmediata a sus derechos, para evitarle daños irreparables.