Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0649/2004-R
Fecha: 04-May-2004
II.5.
II.5. El 8 de octubre de 2003, el mandante de la recurrente, solicitó la cancelación de la anotación preventiva (fs. 27), que mereció la providencia del día siguiente de parte de la autoridad recurrida que dispuso el traslado del petitorio a la parte querellante y representante del Ministerio Público (fs. 28).