Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0677/2004-R
Fecha: 04-May-2004
II.3
II.3 A horas 18:35 del 24 de marzo de 2004, el recurrente prestó su declaración informativa en presencia del indicado funcionario policial, de su abogado defensor y de la Fiscal Mirna Arancibia (fs. 10), quien luego dispuso la “cesación del arresto”, sin exigir ningún tipo de garantía (fs. 11). Al día siguiente informó sobre el inicio de la investigación al Juez Cautelar (fs. 12).