Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0677/2004-R
Fecha: 04-May-2004
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
El recurrente afirma que se ha vulnerado su derecho a la libertad al señalar que habiendo sido denunciando por un supuesto delito de estupro se presentó voluntariamente a la Policía Fronteriza, donde luego de prestar su declaración informativa, el recurrido sin ningún justificativo legal ordenó su detención, violando los arts. 6 y 227 del CPP. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.