SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0694/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0694/2004-R

Fecha: 11-May-2004

Fragmento 13

            Por su parte, el DS 25749 en su art. 36 señala lo siguiente: “I.- los funcionarios incorporados a las entidades públicas hasta la vigencia de la Ley 2027 sin proceso de convocatorias públicas competitivas y evaluación de méritos, tendrán el carácter de funcionarios públicos provisorios. Por consiguiente dichos funcionarios no serán acreedores a los derechos contenidos en el numeral II del art.7º de la mencionada Ley. Sin embargo los funcionarios que se encuentren en  esta situación podrán acceder a  la carrera administrativa cumpliendo los requisitos de convocatoria y selección establecidos para el efecto.