SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0727/2004-R
Fecha: 14-May-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el proceso penal seguido en su contra, en razón de la interposición de un recurso de amparo constitucional y la Sentencia dictada por el Tribunal de amparo, el 11 de febrero de 2004 -todavía en revisión en este Tribunal Constitucional- la Empresa Máquinas y Equipos S.A. impugnó el sobreseimiento dictado a su favor el 9 de julio de 2003, que se encontraba vigente por determinación de la SC 1823/2003-R, de 5 de diciembre y el AC 0002/2004-ECA, de 13 de enero, emitidas en un anterior recurso de amparo declarado improcedente por defectos en la legitimación activa del recurrente; provocando que el 27 de febrero de 2004, el fiscal David Reyes, actuando en calidad de Fiscal de Distrito interino, revoque el sobreseimiento dictado a su favor, conminando al fiscal Zacarías Valeriano, acuse ante el órgano jurisdiccional competente en el plazo de diez días.
Señala que el mismo 27 de febrero de 2004, el Tribunal Segundo de Sentencia, ha dictado un Auto, por el cual en cumplimiento de la SC 1823/2003-R, y la subsistencia del sobreseimiento decretado el 9 de julio de 2003 se declara incompetente para continuar tramitando el proceso; lo que ocasiona que se encuentre sujeto a doble proceso por la misma causa, uno ante el Tribunal de Sentencia Segundo y otro por el Fiscal de Distrito interino, que en la misma fecha revocó el sobreseimiento vigente a su favor, vulnerando sus derechos consagrados por la Constitución, así como por el Código de procedimiento penal que, en la norma prevista por el art. 4, en aplicación a la garantía del debido proceso, ha reconocido el principio non bis in idem.