SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0727/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0727/2004-R

Fecha: 14-May-2004

I.2.1

El recurrente, ratificó los fundamentos de su demanda y los amplió, indicando que el doble procesamiento se acredita fehacientemente por el Auto de apertura de juicio dictado el 5 de enero de 2004, por el cual el Tribunal de Sentencia Segundo, expresamente fija audiencia de celebración de juicio oral para el día 22 de marzo de 2004, por lo que no puede ser objeto de ningún tipo de resolución, ante ninguna otra autoridad, ya que se encuentra sometido a esa jurisdicción; por ello y habiendo acudido al fiscal de la causa y ante el Juez de Garantías Constitucionales, pidiendo se subsane la ilegalidad existente en la revocatoria del sobreseimiento, y ante la inexistencia de otra vía para la protección de sus derechos, de acuerdo a lo expresado por el “AC 580/2003” de 2 de diciembre, y la SC 320/2002-R, de 21 de marzo, que señalan que la vía para reclamar infracciones al debido proceso es el recurso de amparo constitucional y no el de hábeas corpus; reitera su solicitud de que el presente sea declarado procedente.